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KeyPRO V2.3 Actualización 2012


Genera tus facturas electrónicas por medio de un proveedor autorizado con las especificaciones del SAT 2012.
Recuerde que el modelo de factura electrónica vigente es el de CFD 2.2 y CFDi 3.2, y que es obligatorio para la mayoría de contribuyentes del país.

Emisión y Validación de CFDi



El procedimiento general para la emisión, certificación y declaración de los CFDi 3.2 es el siguiente:

A. EMISIÓN DEL CFDi (Comprobante Fiscal Digital a través de Internet)
  • KeyPRO desde el registro de una venta genera un fichero de datos estructurado en formato XML, que integra el Certificado de Sello Digital (CSD) del contribuyente expedido por el SAT.
  • El archivo XML es enviado a través de internet a un Proveedor Autorizado de CFDi para realizar todas las validaciones exigidas por el SAT.
B. VALIDACIÓN DEL CFDi 3.2 GENERADO
  • Proveedor Autorizado de CFDi, recibe el Comprobante del contribuyente para someterlo al proceso de certificación final.
  • Verifica que el período de tiempo entre la fecha de envío del documento y la de recepción del documento para su certificación no exceda de 72 horas.
  • Finalmente constata que la estructura del documento cumple con las especificaciones técnicas conforme a la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
C. CERTIFICACIÓN DEL COMPROBANTE
  • Si el CFDi cumple con las validaciones especificadas en el punto 2, se dará respuesta al contribuyente incorporando un complemento sobre el documento, que incluye fecha, hora de certificación, y Sello Digital del CFDi.
  • Se adhiere igualmente como parte del complemento el número de serie del certificado digital del SAT con el que se realizó la certificación del CFDi, y el sello del SAT.
D. ENVÍO Y DECLARACIÓN DEL CFDi
  • El documento CFDi es devuelto a KeyPRO por medios electrónicos, al mismo tiempo Proveedor Autorizado de CFDI, realiza conexiones directas al SAT, declarando todos los CFDI que ha certificado, lo que exime al contribuyente de tener que efectuar los resúmenes mensuales.
  • El envío del CFDi Certificado a su destinatario puede realizarse de forma convencional mediante su impresión y envío por email.

Preguntas Frecuentes del CFDi

¿Tengo obligación de usar la factura electrónica?


En general se prevé la obligatoriedad del uso de la factura electrónica para todas aquellas transacciones que superen los $2,000 pesos, si bien se verán exentos aquellos contribuyentes con ingresos iguales o menores a 4 millones de pesos, que podrán seguir expidiendo comprobantes impresos sin importar el monto que amparen.

¿Puedo seguir usando mis facturas en papel de imprenta?


Todas las empresas que dispongan de folios pre-impresos en taller autorizado, pueden seguir usándolos hasta que se les acaben o pierdan su vigencia (máximo 2 años) Si ya soy emisor de Comprobantes Fiscales Digitales.

¿Debo cambiar al modelo CFDi?


Las empresas que ya cuenten con un sistema de factura electrónica bajo el esquema de “Emisión por medios propios” o que lo pongan en marcha ANTES del 31 de diciembre de 2010, podrán seguir emitiendo sus comprobantes de la misma forma que lo han venido haciendo hasta ahora. Las empresas que emiten sus Comprobantes utilizando los servicios de un proveedor autorizado de Emisión de CFD PACFD, deberán migrar al esquema llamado Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDi) teniendo como fecha límite el 30 de Junio de 2011. La migración la podrán hacer, por medio de un Proveedor Autorizado PSECFDI
Las empresas que inicien la emisión de facturas electrónicas a partir del 1º de Enero de 2011 o en alguna fecha posterior, deberán adoptar el esquema llamado Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDi) utilizando, para efectos de obtener el doble sellado y la asignación de folios, los servicios de un Proveedor de Servicios de Emisión de Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet.

¿Qué cambios aplica el nuevo sistema CFDi respecto al de CFD 2010?


El Contribuyente deberá adquirir, arrendar, desarrollar o contratar los servicios de un tercero para emitir sus facturas electrónicas, las cuales a su vez deberán ser remitidas a un Proveedor de Servicios de Emisión de Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (PSECFDI) quien validará el cumplimiento de las normas publicadas por el SAT, y asignará al comprobante el número de folio asignado por el Servicio de Administración Tributaria, fecha y hora de certificación, y Certificado de Sello Digital del CFDI.

Enlaces Importantes del SAT

Validar Folios CFD:
https://tramitesdigitales.sat.gob.mx/Sicofi.ValidacionCFD/ValidacionUnitaria.aspx
Validar XML CFD:
https://www.consulta.sat.gob.mx/SICOFI_WEB/ModuloECFD_Plus/ValidadorComprobantes/Validador.asp
Validar Folio CBB:
https://www.consulta.sat.gob.mx/SICOFI_WEB/ModuloSituacionFiscal/VerificacionComprobantes.asp
Validar XML CFDi:
https://www.consulta.sat.gob.mx/sicofi_web/moduloECFD_plus/ValidadorCFDI/Validador%20cfdi.html
Validar Folio CFDi:
https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx/
Recuperar Certificados:
https://www.acceso.sat.gob.mx/_mem_bin/FormsLogin.asp?/Acceso/CertiSAT.asp
Pregunstas CBB:
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/comprobantes_fiscales/66_20011.html